(Foto: USI)

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A través de un comunicado, la Corte Suprema de Justicia aclaró hoy que el Juzgado Supremo de Instrucción no ha resuelto el pedido de arresto domiciliario presentado por la defensa legal del expresidente Alberto Fujimori.

Precisó que la decisión se emitirá en los próximos días después de un “análisis exhaustivo”, y que la admisión a trámite de dicha solicitud “no significa la concesión del referido beneficio para el exgobernante”.

“Se trata de un trámite normal, tal como ocurrió, por ejemplo, en la solicitud de indulto tramitado por la familia del mismo sentenciado”, aseguró.

De igual modo, informó que el Juzgado Supremo ha puesto en conocimiento de las partes procesales el pedido presentado por William Castillo Dávila, nuevo abogado de Fujimori.

PEDIDO NO PROCEDERÍA

A propósito del caso, el ministro de Justicia, Daniel Figallo, aseveró que no existe marco legal ni constitucional para que proceda el arresto domiciliario a favor del expresidente.

El mismo argumento fue sustentado el martes por el procurador anticorrupción Julio Arbizu, quien señaló que el arresto domiciliario “no existe como beneficio penitenciario”.

Explicó que la única posibilidad de acceder a esa gracia se presenta al inicio de un proceso judicial, es decir, cuando el juez determina, en el auto apertorio de instrucción, la comparecencia restringida para el imputado.

Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión en 2009 al ser hallado culpable de los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos.