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El juez supremo instructor Baltazar Morales Parraguez rechazó la solicitud hecha por Alberto Fujimori Fujimori para cumplir el resto de su condena bajo la condición de prisión domiciliaria.

La resolución del magistrado refiere que las sentencias expedidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos no lo facultan a conceder el beneficio solicitado por el sentenciado exmandatario.

Añade que aún de concederse el arresto domiciliario pos condena, en aplicación de principios humanitarios y, por desarrollo jurisprudencial, esto sólo sería posible para “delitos de menor lesividad o dañosidad social”.

Por lo mismo, no podría aplicarse “para delitos cuyos autores han sido condenados y calificados por sentencias judiciales firmes expedidas por tribunales nacionales y ratificados por tribunales internacionales como delitos que han atentado y/o vulnerado derechos fundamentales para los cuales no le son aplicables los beneficios de la amnistía, la prescripción ni el indulto”.

De esta manera, Fujimori Fujimori continuará recluido en el penal de la Diroes, ubicado ubicado en el distrito limeño de Ate Vitarte.