Odebrecht y Enagás se encargarán de la construcción del gasoducto.  (Foto: Difusión)

Odebrecht y Enagás se encargarán de la construcción del gasoducto. (Foto: Difusión)

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El segundo Juzgado Constitucional de Lima declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por el consorcio Gasoducto Peruano del Sur, por la licitación del proyecto Gasoducto Sur Peruano.

La demandante, el Consorcio Gasoducto Peruano del Sur está integrado por las empresas GDF Suez, Sempra, Techint y TGI.

El expediente 30691-2014-0-1801-JR-CI-02 del segundo Juzgado Constitucional dispone el archivamiento del proceso iniciado por las empresas integrantes del consorcio demandante, que consideraba que fue descalificado del concurso público ilegalmente.

“En conformidad con lo establecido por el numeral dos y cinco del artículo 5º del Código Procesal Constitucional, corresponde declarar improcedente la demanda, y disponer que consentida o ejecutoriada que sea la presente, se devuelvan los anexos y se archive definitivamente el expediente”, señala el documento.

El miércoles (23 de julio), el Estado suscribió con el consorcio Gasoducto Sur Peruano el contrato de concesión del Proyecto Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano.

El consorcio integrado por las empresas Odebrecht y Enagás ganó la licitación.

Fuente: Andina.